Santiago, 1 de diciembre de 2025.
El Tribunal Calificador de Elecciones ha dictado hoy sentencia de calificación, dando por concluido el proceso electoral presidencial verificado el 16 de noviembre de 2025, de conformidad con los artículos 26 y 27 de la Constitución Política de la República, y las Leyes N°18.700 y N°18.460. La sentencia será publicada en el Diario Oficial, mañana martes 2 de diciembre de 2025.
I. RESULTADOS OFICIALES
Los Resultados Oficiales (nacionales y extranjeros) de la Elección de Presidente de la República, de fecha 16 de noviembre de 2025, son los siguientes:
Habiendo constatado el Tribunal que los Resultados Oficiales (nacionales y extranjeros) de la elección del 16 de noviembre de 2025, no arrojaron la mayoría absoluta que previene el artículo 26, inciso 2°, de la Constitución para proclamar un Presidente Electo, se ha declarado que, conforme a dicha norma, debe procederse a una segunda votación (balotaje), circunscrita a los candidatos que obtuvieron las dos más altas mayorías relativas en el proceso:
- Doña Jeannette Jara Román
- Don José Antonio Kast Rist
II. RIGOR DEL ESCRUTINIO GENERAL Y DE LA CALIFICACIÓN
El proceso de escrutinio y calificación llevado a cabo por el Tribunal comenzó el día 19 de noviembre de 2025, y se ejecutó con estricto apego a la ley, garantizando la legalidad de los resultados:
- Procesamiento de Actas: Se procesó la información de 40.473 mesas receptoras de sufragio instaladas en Chile y 425 en el extranjero. Los datos fueron cotejados con los cuadros de los Colegios Escrutadores para verificar la concordancia y detectar errores.
- Corrección de Información: En los casos de falta o discordancia de material, el Tribunal completó o corrigió la información valiéndose de las actas del Servicio Electoral.
- Escrutinio Público: El Tribunal examinó y escrutó públicamente las cédulas de votación contenidas en 60 cajas con efectos electorales, incorporando los resultados al Escrutinio General.
III. INADMISIBILIDAD DE SOLICITUDES Y RATIFICACIÓN DE LA LEGALIDAD DEL PROCESO ELECTORAL
El Tribunal Calificador comunicó que la validez de la votación ha sido confirmada al desestimarse las objeciones presentadas:
- Solicitudes de Auditoría: Se recibieron 20 solicitudes denominadas “de auditoría,” las cuales fueron acumuladas bajo el Rol N° 2.122-2025 y posteriormente declaradas inadmisibles.
- Reclamos Electorales: El Tribunal conoció de 8 reclamos electorales (Roles N°s 2124-2025, 2142-2025, 2143-2025, 2147-2025, 2148-2025, 2156- 2025, 2158-2025 y 2163-2025), los cuales también fueron declarados inadmisibles por no cumplir los requisitos legales.
En consecuencia, el Tribunal ha arribado a la convicción de que la votación para elegir Presidente de la República está libre de vicios y goza de la legalidad necesaria para declararla válida.
Arturo Prado Puga
Presidente
Tribunal Calificador de Elecciones